jueves, 19 de julio de 2012

¿Hasta dónde llegan los límites de Yacuiba?


¿Hasta dónde llegan los límites de Yacuiba? (*)

Una de las conclusiones del 1º Encuentro Nacional de Direcciones de Ordenamiento Territorial, realizado en la ciudad de Sucre, en mayo de 2011 fue que “…En el país, de los 339 municipios sólo 25 tienen saneados sus límites territoriales con una ley de delimitación, el resto no tiene límites definidos…”

Al crearse la tercera sección municipal de la provincia Gran Chaco por Decreto Supremo de 24 de agosto de 1937 sus límites no estaban bien definidos, esto ha traído consecuencias 75 años después. Porque Villa Montes, reclama derechos sobre los territorios comprendidos entre Palmar Grande y Cortaderal es decir por más de 30 kilómetros de territorio que reclaman como parte de su jurisdicción. Cuando los hechos históricos demuestran lo contrario. Al crearse la provincia Gran Chaco el 12 de agosto de 1876, Villa Montes no existía todavía. Porque la Villa “Montes” bautizada de aquella manera en honor al Presidente Ismael Montes, se fundaría recién a comienzos del siglo XX en el mismo lugar donde los R.P. Franciscanos del Colegio de Propaganda FIDE de Tarija fundaban la misión de San Francisco Solano en la década del 60 del siglo XIX. De tal forma, que incluso en los límites fundacionales de la provincia Gran Chaco, el territorio del actual Villa Montes quedaba fuera de la jurisdicción fundacional de la provincia Gran Chaco en la obra de Octavio Moscoso: Geografía Política, Descriptiva de Bolivia, señala que para 1893 la Provincia Gran Chaco administrativamente se dividía de la siguiente forma: Capital Yacuiba con 300 habitantes y una aduanilla. Comprende 5 cantones: Yacuiba, Carapari, Caiza, Itau y Aguairenda. Y los vicecantones de Itiyuru, Tartagal y Zapatera. Cuando la Provincia del Gran Chaco nació y hasta finalizada la guerra del Chaco, solo existían dos secciones municipales, la segunda sección municipal era Caraparí y la Capital y sede de la Junta Municipal Provincial y sede de funciones del Subprefecto de la Provincia era primero Caiza y luego Yacuiba. Villa Montes era la Delegación Nacional del Gran Chaco, creada por ley de 27 de diciembre de 1905, creada para la colonización de los territorios al otro lado del Pilcomayo y que tuvo existencia hasta el 31 de julio de 1936, habiéndose suspendido su funcionamiento por Decreto Supremo de esa misma fecha, que creó en su lugar la Intendencia de Colonización del Gran Chaco; restableciéndola de nuevo con la misma sede administrativa en 1940.  

Es abundante la evidencia en la cartografía oficial del siglo XIX y comienzos del siglo XX que dejan en evidencia la inexistencia de Villa Montes y señalan la jurisdicción de la provincia hasta las márgenes del río Pilcomayo. Al otro lado del río, como señalaba con anterioridad existía una reducción, las reducciones tenían su reglamentación y normativa que sustentaba su existencia, quedando fuera de toda jurisdicción de las autoridades políticas o militares existentes, con las cuales se coordinaba en los aspectos relacionados a su defensa cuando surgían algún tipo de amenazas por parte de los belicosos indígenas no reducidos. Cuando llego el final del tiempo de las reducciones en el Chaco Tarijeño, la primera década del siglo XX marcaría el surgimiento del asentamiento que daría lugar a la Villa Montes actual. De tal forma que la jurisdicción territorial de Yacuiba sí sería hasta las orillas del río Pilcomayo, durante buena parte del siglo XX, pero conforme pasaron los años existió una suerte de abandono hacía las poblaciones más alejadas en los limites norte de la primer sección municipal esto dio lugar a que los pobladores de aquellos lugares acudan a las autoridades de Villa Montes para poder atender sus necesidades, pero este abandono desapareció, desde finales de los años 90 del siglo XX aunque continuaron existiendo esos vínculos de dependencia para con Villa Montes entre las poblaciones de los limites norte de la sección municipal de Yacuiba.

El origen de los conflictos por límites entre Yacuiba y Villa Montes, surge a partir de dos hechos: la puesta en vigencia de la Ley de participación Popular en 1994 con la asignación de recursos de “coparticipación tributaria” y el segundo hecho, el Censo del 2001 que asignó comunidades a municipios que histórica y legalmente no les correspondía.

(*) Autor: José Luis Claros López, Director de Contenidos de NEMBOATI.com

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