jueves, 2 de julio de 2020

Beneficios de la Ley N° 2926 no llegaron todavía hasta los privados de libertad en el Chaco Tarijeño


 

La Columna de Jose
Beneficios de la Ley N° 2926 no llegaron todavía hasta los privados de libertad en el Chaco Tarijeño
Por José Luis Claros López (*)

Con relación a la teoría del delito uno de sus principales aportantes en el área doctrinaria, Eugenio Raúl Zaffaroni, sostiene refiriéndose la reinserción social de los detenidos a través de la educación en los centros penitenciarios de América Latina, que "es imposible cambiar la conducta de un preso", pero que el Estado "debe hacer algo para modificar la autopercepción (del interno), para que no haga lo mismo cuando salga" (Zaffaroni, 2012); Bolivia con relación a éste tema estableció que “Cada establecimiento penitenciario, contará mínimamente con cursos de alfabetización y enseñanza básica, y tres ramas de capacitación técnica de funcionamiento permanente, a disposición de los condenados” (Art. 188 de la Ley N° 2298, Ley de Ejecución Penal y Supervisión). En el caso de los recintos penitenciarios del Departamento de Tarija, existen dos (2) cárceles principales y tres (3) carceletas (DGRP, 2019) de los dos recintos penitenciarios el ubicado en el municipio de Yacuiba, hasta el año 2019, albergaba una población de 289 privados de libertad el equivalente a un 45% de población con relación al principal Centro penitenciario del departamento (Morros Blancos, Tarija) que albergaba el 2019 un total de 632 privados de libertad.

El Centro de Readaptación Productiva de El Palmar, en lo que se refiere a Programas vinculados a la reinserción social de personas privadas de libertad (con sentencia) que se implementaron, en virtud a lo previsto en el numeral 2 del Artículo 54 de la Ley Nº 2298, existe la presencia de programas destinados a la formación técnica en carpintería, metalúrgica, peinado, corte y confección, artesanía, gastronomía y electricidad que cuenta con el apoyo del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, pero se tratarían de cursos cortos con el objetivo del aprendizaje de un oficio, no teniendo relación con lo expuesto por Zaffaroni como una verdadera vía utilizando la educación, para modificar la autopercepción del privado de libertad. Esta idea tiene mucha relación con lo expuesto por Foucault (1998), que sostiene que más allá del castigo, sería el privado de libertad el objeto que se pretende corregir y transformar.

Sí bien en éste recinto penitenciario, no registró ninguna irregularidad (Defensoría del Pueblo, 2018), durante los últimos años. Sí se ha registrado un incremento permanente y sostenido de la población privada de libertad. El aumento de la población, implica la necesidad de su futura reinserción. En el caso del estado por medio de la educación. Pero, Bolivia también prevé lograr que la actividad privada nacional se incorpore y coadyuve al Estado, en las tareas de readaptación y reinserción social del interno, en el marco de una alianza estratégica basada en el compromiso y beneficio mutuo, teniendo como base la generación del trabajo productivo, la capacitación y el mejoramiento de las condiciones de vida al interior de las cárceles bolivianas (Art. 1, de la Ley N° 2926). Pero hasta el momento éste beneficio no ha llegado hasta el Centro de Readaptación Productiva de El Palmar en el municipio de Yacuiba.

No se puede negar, que el trabajo tiene importantes funciones para el aprendizaje y la estructuración de la vida cotidiana en las cárceles, en la ordenación del tiempo dentro de ellas y en la construcción de la subjetividad de los presos. Es sabido que el trabajo en la condición de prisión tiene varias finalidades: mejorar la vida cotidiana del preso al permitirle una actividad que rompe la rutina, la inactividad y la presión de la cárcel; poner a su disposición unos ingresos que pueden mejorar su calidad de vida en la prisión y contribuir, en muchos casos, al sustento de su familia (Martín, 2008). Pero en el Chaco Tarijeño, al igual que en el resto de Bolivia la situación de los privados de libertad con relación al trabajo y la educación es pobre, Aguilar (2015) sostiene que el interno de un recinto penitenciario al encontrarse en un estado de ociosidad no logra una readaptación plena, más bien la ociosidad lo pone a merced de la depresión, el consumo de bebidas alcohólicas, del contagio criminal, etc. Luego de pagar su pena los internos son devueltos a la sociedad en una gran mayoría de los casos corrompidos, sin recursos económicos que le permitan vivir fuera del recinto penitenciario y sin un tratamiento pospenitenciario, lo único que les queda es volver a delinquir para sobrevivir.

Se considera al trabajo penitenciario como una actividad productiva con fines terapéuticos y ocupacionales; y un elemento fundamental para la reinserción social (Ibídem), por ese motivo, en el caso del Centro de Readaptación Productiva de El Palmar, es importante que las autoridades que competen de acuerdo a la Ley N° 2926, cumplan con lo establecido para implementar un proyecto de readaptación del privado de libertad, considerando que es responsabilidad del Estado de acuerdo con la Constitución Política del Estado (CPE, 2009) la reinserción social de las personas privadas de libertad, velar por el respeto de sus derechos, y su retención y custodia en un ambiente adecuado, de acuerdo a su clasificación, naturaleza y gravedad del delito, así como la edad y el sexo de las personas retenidas.

(*) El autor José Luis Claros López, es Comunicador Social y Escritor.
                      
Bibliografía

Aguilar Quispe, Pedro Luis (2015) Implementación de Empresas Penitenciarias Productivas en el Régimen Penitenciario Boliviano (Tesis de pregrado) Universidad Mayor de San Andrés, La Paz, Bolivia.
Bolivia, Gaceta del Estado Plurinacional de Bolivia. (2001) Ley N° 2298 de 20 de diciembre de 2001. Ley de Ejecución Penal y Supervisión.
Bolivia, Gaceta del Estado Plurinacional de Bolivia. (2004) Ley N° 2926 de 15 de diciembre de 2004. Ley de Ejecución Penal y Supervisión.
CPE, Constitución Política del Estado (2009) Bolivia.
Defensoría del Pueblo, Bolivia. (2018) Volcar la mirada a las cárceles. Situación de vulnerabilidad de las personas privadas de libertad en las cárceles de ciudades capitales de Bolivia. La Paz, Bolivia.
DGRP, Dirección General de Régimen Penitenciario – Informe Censo Carcelario (2019) Ministerio de Gobierno. La Paz, Bolivia.
Foucault, Michel. (1998) Vigilar y castigar: Nacimiento de la prisión (Vigesimoséptima ed.). Ciudad de México, México.
Martín Artiles, Antonio/Alos-Moner, Ramón/Gibert, Francesc/Miguélez, Fausto (2008) Política de reinserción y funciones del trabajo en las prisiones. (El caso de Cataluña) Centro de Estudios Quit. Universidad Autónoma de Barcelona. España.
Zaffaroni, Eugenio Raúl, (2012) “Perspectiva de la situación carcelaria en América Latina y Derechos Humanos”, Conferencia: 24.03.12 consultado en http://www.pensamientopenal.org/perspectivas-de-la-situacion-carcelaria-en-america-latina-y-derechos-humanos/



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