lunes, 13 de julio de 2026

Tartagal un pueblo fundado en 1843 por tarijeños



Tartagal un pueblo fundado en 1843 por tarijeños

Por Jose Claros López (*)

Introducción.

El “pueblo de Tartagal”, ¿fue un “pueblo” fundado por bolivianos en el siglo XIX ó es fundado en 1924 por Argentinos?, éstas son preguntas, que sólo se pueden responder al analizar una serie de antecedentes históricos. Es cierto que para hablar de fundación, se necesita de ciertos elementos formales, empezando por el acta ó el instrumento normativo que se considerará fundacional.

La versión oficial, sostiene la fundación del pueblo de Tartagal en el año de 1924, refrendada por Decreto Nº 1895 de 25 de septiembre de 1924 promulgada por el Gobernador de la Provincia de Salta. Pero, éste Decreto, en realidad crea en el "pueblo" de Tartagal una Comisión Municipal. Y es que, ya en el citado Decreto, se indica la existencia de una solicitud de los "vecinos del pueblo" y en su primer considerando señala lo siguiente: "la mencionada localidad ha tomado un gran impulso con motivo de la influencia de la línea férrea a Yacuiba, lo que determina la necesidad de crear en ella aquel organismo de gobierno" (Salta, 1924) y además "tiene el centro urbano de Tartagal la renta exigida", es decir que antes de la emisión del citado Decreto ya existían "vecinos" ósea habitantes asentados y una "localidad" ósea un asentamiento humano.

Pero, ¿ya existía un “pueblo” llamado Tartagal antes de 1924? La respuesta para esta pregunta, la encontraremos en la evidencia histórica.

1.    Inicia el siglo XIX, la Reducción de Río Seco.

Los franciscanos Corrado y Comajuncosa, detallan que el lugar donde se instaló la Reducción del río Seco, “está tras la cordillera de Caiza, al principio de los Llanos de Manso, retirado seis leguas de la serranía al E., á diez leguas del río Bermejo y a diez y seis leguas del pueblo bárbaro de Itiyuro de indios chaneses” (Corrado/Comajuncosa, 1990, p.180), ésta Reducción creada con la misión de la evangelización de los pueblos indígenas de la zona, tendrá una efímera duración. La antigua Reducción de Río Seco, construida muy cerca del emplazamiento del que será en el futuro el pueblo de Tartagal, es abandonada en septiembre de 1806 por los pobres resultados en la evangelización de los nativos.

2.    Los límites del departamento de Tarija en 1834 y el fuerte de Acambuco.

En 1831, es creado el Departamento de Tarija, que hasta entonces era una provincia, años después de acuerdo con un Oficio remitido a las autoridades nacionales en 1834, por Francisco Burdett O’Connor, tendría los siguientes límites: “la provincia de Tarija tiene por el norte la de Cinti, por el sud unos linderos indeterminados que lo dividen de las provincias de Jujuy y Orán; por el poniente las de Chichas y Jujuy; y por el naciente las naciones bárbaras del Chaco hasta el rio Parana que divide estas del Imperio de Brasil” (Langer/Bass Werner, 1988, p.1), O’Connor indica que se trata de una “provincia”, por la siguiente razón, sí bien la Ley de 24 de septiembre de 1831, creaba por su primer artículo; el departamento de Tarija, también preveía en su “Artículo 3°.- El artículo 1° no tendrá efecto, hasta que las Cámaras con vista de los datos que se exijen por el 2° arreglen las rentas, provincias y todo lo conveniente al departamento.” (Bolivia, 1831) en realidad a Tarija, es la Constitución de 1839 que la reconoce como un Departamento.

 

A finales de la década del treinta del siglo XIX, se produce un conflicto bélico entre Bolivia y Argentina, un contingente militar ingresó en 1838 a territorio tarijeño por el camino de la extinta misión de Río Seco (cerca del actual Tartagal), después cruzando el Itiyuro al vencer previamente a una pequeña guarnición que protegía un fuerte ó fortificación precaria construida en orillas de la laguna de Acambuco (Norte del Departamento San Martín, Argentina); en todos estos parajes ya existía también los llamados pueblos barbaros.   

“llegó inesperadamente a las orillas de la laguna de Acambuco (..) posición por ser la más alejada de las defensas bolivianas que protegían la frontera tarijeña, contaba con una guarnición muy débil (…) los argentinos se habían desplazado por una ruta poco transitadas que cruzaba los caminos despoblados del Río Seco y pasaba por las tolderías de las llamadas tribus de indios barbaros del Chaco.” (Carrillo, 2025, p.89)

Es decir, en la década del 30 del siglo XIX, ya existía presencia boliviana en la región al sur del río Itiyuro, en la laguna de Acambuco.

3.    La década del 40 del siglo XIX, momento fundacional de Tartagal.

Para comprender, el momento de la fundación del pueblo de Tartagal, debemos recordar la contribución realizada por Manuel Rodríguez Magariños a la sazón Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija, a la exploración del Chaco.

La Orden General de 13 de junio de 1842, dispone en su art. 10, la organización de colonias militares en el país, una de las cuales deberá ser emplazada en el departamento de Tarija.

“organizar á la vez cuatro colonias militares, una en Tarija, otra en la frontera de Cochabamba, otra en la de la Paz en Songo, y la restante en Mojos: los Jefes y oficiales que voluntariamente quisiesen ir á establecerlas con arreglo al decreto de la materia, se presentarán al E. M. G. para que atendidos sus deseos, se pueda llevar adelante la empresa que el Gobierno está en el ánimo de fomentar y sostener á toda costa.” (Bolivia, 1857, p.308)

La Orden General de 13 de junio de 1842 (Bolivia, 1857, p.308), instruye la fundación de una Colonia Militar en la frontera de Tarija, ésta colonia, será la que fundará el General Manuel Rodríguez Magariños; en Caiza. La Ley de 2 de junio de 1843 (Bolivia, 1858, p.129), autoriza la navegación del Pilcomayo y la división del departamento de Tarija en provincias y cantones. División que será efectiva por Decreto de 6 de julio de 1843 (Ídem, 218) que indica que la provincia de Salinas continuará dividida en los cantones establecidos por la Ley de 10 de noviembre de 1832[1] y además señala que toda causa judicial en ésta provincia será resuelta únicamente por el Juez de Letras de la capital; hay que recordar que para marzo de 1844, Manuel Rodríguez Magariños, recomienda la construcción de fuertes en el Chaco a “distancias proporcionadas” y que sean de fácil construcción. (…) Estos fuertes son de pronta y fácil construcción pues solo deben reducirse a un foso con puente levadizo y estacadas en el cuadrado interior para defensa de las habitaciones." (Rodríguez, 1844, p.20)

El 23 de enero de 1843, el Prefecto de Tarija[2], planteó al Ministro de Guerra de Bolivia, la necesidad de crear “Fuertes” que protejan las fronteras de la provincia de Salinas de las incursiones de los indígenas.  

“Con el fin de asegurar la vida y los intereses de los pobladores de la provincia de Salinas de las incursiones de los indios barbaro que tantos y constantes males han causado, he determinado pasadas las aguas establecer cuatro fuertes que afiensen completamente la seguridad de la mencionada provincia en los puntos siguientes.- El1º en Caiza donde se ha de establecer la colonia militar, el 2º en Caruruti, el 3º en Itaguatia y el último en Suaruro” ((Langer/Bass Werner, 1988, p.209)

Meses después, en junio de 1843, Rodríguez Magariños en cumplimento a la Orden General de 13 de junio de 1842, realiza la fundación de la colonia militar en el valle de Caiza denominada como “Villa Rodrigo” (en éste lugar una pequeña iglesia es bendecida el 1º de noviembre de 1844), además en éste mes de junio de 1843, se construyen otros cuatro (4) fuertes más al sur entre los que figura el de Tartagal; éste será el fuerte por el que pasará Ondarza en 1846 cuando recorre los territorios fronterizos con la Confederación Argentina, hasta encontrando todavía en pie parte de las ruinas de la Reducción de Río Seco, señalándola en su mapa.

“En 1843, el prefecto de Tarija, Manuel Rodríguez Magariños, funda la colonia militar de Villa Rodrigo en Caiza. Al núcleo de colonos y militares se suman pronto misiones religiosas a cargo del Colegio Franciscano de Tarija. Aguairenda se funda en 1851 al sur del Pilcomayo y, en 1854, es el turno de Tarairi, a las puertas de Machareti” (Combès/Oliva, 2024c, p.15)

La fundación, de los otros cuatro fuertes, de acuerdo con el diario de la expedición al Chaco que realiza el Prefecto Rodriguez Magariños, sucedió entre los meses de junio y agosto.

(…) llego el mes de junio 1843 en que además de la necesidad de dar principio al corte de maderas, tenia a mi cargo la fundación de una Colonia Militar la construcción de 4 fuertes en la línea avanzada de nuestras fronteras y otras obras que se han concluido con el mejor y más feliz resultado en sólo 3 meses de tiempo..." (Rodríguez, 1844, p.3)

Así, “Magariños logra fundar en Caiza, al sur del río, la ciudad-fortín de Villa Rodrigo, marcando así el inicio de una colonización duradera por parte de los criollos en tierras hasta entonces solamente indígena” (Combès/Oliva, 2024b, p.13), unos años después, por el Decreto de 25 de mayo de 1846, entre otros pueblos de frontera, los ciudadanos que poblaron Caiza, quedan exentos durante diez (10) años del pago de impuestos y de reclutamiento en el ejército permanente, privilegio extensivo para los que asistan a habitar las márgenes de los ríos Bermejo y Pilcomayo. La disposición es aclarada el 5 de octubre de 1846, (Bolivia, 1848, 109) que ratifica que los habitantes de Caiza (Ibidem, pp.213-214) están exentos de lo indicado. Desde 1843, será Caiza, el lugar desde donde partirán expediciones para poblar la zona “Caiza, fundada en 1843, se erige como punta de lanza de la conquista del Chaco” (Combès, 2025, p.9), jerarquizándose años después al nivel de centro administrativo, político y militar. La construcción, de éstos fortines será financiada en parte por Francisco Burdett O’Connor (Langer/Bass Werner, 1988, p.257) que cede una parte de sus sueldos devengados para construcción en el Chaco de fortines.

(…) en 1843, el prefecto de Tarija, Manuel Rodríguez Magariños, funda un fuerte en Chimeo y la colonia militar de Caiza o Villa Rodrigo al sur del Pilcomayo. El presidente firma decretos para alentar “la colonización de la frontera oriental ó de la frontera a secas, como se decía, es decir la región más allá de Caraparí entre los ríos Pilcomayo y Bermejo” (Combès, 2025, p.30)

Además, la Orden General de 1º de octubre de 1846, reglamenta la Ley de 21 de septiembre de 1846, sobre los premios que recibirán soldados, cabos y sargentos cumplidos, ésta ley que tendría vigencia a partir de 1847, indicaba en su art. 12 "Queda abolido el premio de topos de tierras, por haberse sustituido éste con el pecuniario que la anterior ley les señala á los cumplidos del Ejército" (Ibidem, p.207) 13. Dicha ley no tiene efecto retroactivo: por consiguiente, los que antes de la publicación de ella hubiesen obtenido cédulas de topos ó fanegadas de tierras baldías, aun cuando no estuviesen en posesión de ellas, no tienen derecho á reclamar ni dirijir solicitudes para que se les considere comprendios en los premios señalados nuevamente.” (Ídem)

Para 1849, las tierras baldías, que rodean Caiza, Aguairenda y otros parajes al sur, ya fueron repartidas entre los primeros colonos que llegaron con el Prefecto Rodríguez Magariños y aunque realiza tratados con los chanes del Itiyuro para respetar sus tierras, una vez se retire de la zona; éstos no serán respetados.

“En Aguairenda y sus alrededores, ya casi no existen tierras baldías: todas están ocupadas por colonos criollos, que se adueñaron de ellas y se las hicieron adjudicar a partir de la fundación de Caiza en 1843, sin que les importe demasiado el trato hecho por Magariños con Sosa u otros capitanes chiriguanos”. (Combès/Oliva, 2024a, p.27)

La situación, en las décadas posteriores, generará conflictos por la posesión de los terrenos baldíos sobrantes, sobre todo los pocos todavía existentes más al sur del río Itiyuro.  

4.    Aparece Tartagal en el Segundo Mapa Oficial de Bolivia de 1859, registrado como un fuerte.

Ubicada al sur del cantón de Caiza, existe su registro ya en el mapa de Ondarza, el Teniente Coronel Juan Ondarza, el Comandante Juan Mariano Mujia y el Mayor Lucio Camacho, recorrieron en el año de 1846; ésta zona del Chaco. De acuerdo con el mapa, Ondarza pasó por el fuerte boliviano de Tartagal antes de ser capturado, junto con sus compañeros más al sur y ser trasladados a Orán (Argentina) de aquel lugar escaparán retornando en octubre de 1846 al territorio de Bolivia. 

“Cuando visitaban la frontera tarijeña con la Argentina, fueron detenidos en el río Orán por gendarmes de ese país y cuando iban a ser conducidos a Buenos Aires para su juzgamiento y posible fusilamiento, pena a la que era afecto el tirano Rosas, se evadieron retornando a la patria.” (Baptista, 1995, p.195)

Por entonces, Tartagal es parte del cantón Caiza. Construido como un fuerte, que protege a las estancias existentes en la zona.

El Gobierno de la República de Bolivia, mediante Ley de 14 de junio de 1861 dispone que se crearán cuatro fortines en el Chaco, éstos cuatro fortines serán elevados al rango de Cantones. “Artículo 3°.- Concluidos los fortines se erijirán en los mismos puntos otros tantos cantones, aplicándose los fondos de que se ha hablado a la construccion de Iglesias, cárceles, escuelas y otra obras públicas, de igual modo que a la dotacion de párrocos conversores y maestros de primeras letras que se nombren con los demas funcionarios respectivos, conforme a las leyes.”, con esta disposición el territorio de Yacuiba hasta ese momento en propiedad del Coronel Cornelio Rios, se convierte en un pueblo elevado a la jerarquía de cantón (Torrico, 1909, p.160-161). Además, con ésta Ley de 14 de junio de 1861, se autoriza distribuir en cada uno de éstos nuevos cantones tierras a los habitantes que decidan poblarla: “Artículo 7°.- Todos los nuevos pobladores de la comprension de los cantones que se erijan, segun esta ley, tendrán derecho a la asignacion graciosa de una legua cuadrada”. Autoriza también, que veinticinco soldados de tropa, protegerán el fuerte de Yacuiba y la construcción de las obras públicas de una Parroquia y otras que serán edificadas en el cantón.

5.    La conquista de los indígenas del Chaco.

En 1845, aprovechando la presencia en la capital del departamento de Tarija, del General Ballivián por entonces presidente de Bolivia, indígenas del Chaco, viajarán a su encuentro para solicitar el respeto a los tratados firmados por el ex prefecto Rodríguez Magariños.  

Ya en 1845, los indígenas de Aguairenda han ido a Tarija a quejarse de los criollos que les despojan de sus tierras, y el propio presidente José Ballivián, entonces de paso en la ciudad, ha ratificado sus títulos: pero en vano. En 1844, la prefectura de Tarija ha adjudicado parte de Cuarusuti a Ricardo Torres, de Caiza; otra parte, con más un porción de las tierras de Aguairenda, ha sido dada a Mariano Moreno; una tercera parte está en litigio: en 1843, un tal Cecilio Estrada se ha hecho adjudicar tierras en Caipitandi o en Caipipendi; en 1844, las vende a José Manuel Sánchez, pero con el nombre de Cuarusuti. Sánchez a su vez las vende a Mariano Echazú, que cree ser dueño de Cuarusuti cuando se trata en realidad de otro terreno (…) Otros propietarios, como Francisco Soruco, también tienen terrenos en Aguairenda y los alrededores. De esta manera, los indígenas (Taparindo, Yanera y Barita) junto con el P. Gianelli contratan los servicios de Francisco Paula Araoz para solucionar los problemas de los terrenos de la misión. Los títulos otorgados por Magariños se extravían en la prefectura tarijeña, y se debe recurrir a testigos de la época para confirmar los derechos de los indígenas.” (Combès/Oliva, 2024a, pp.27-28)

Es a partir de la mitad de la década del 40 y sobre todo a partir de la segunda mitad del siglo XIX, “la época que marca el inicio de la conquista del chaco boliviano y de los indígenas de esta región” (Combès, 2025, p.7), contribuirán a ésta conquista, también los religiosos franciscanos.

“en 1853, cuando solamente existen las tres misiones de Itau, Chimeo y Aguairenda, Fray Zeferino Muzzani escribe al prefecto de Tarija que muchos de los neófitos se van, “saliendo unos a vivir en los diferentes puestos de los cristianos y en otros pueblos todavía bárbaros, otros pasando a Orán y a otros parajes de la Confederación Argentina”. (Ibidem, p.219)

Para el 9 de septiembre de 1854, los tarijeños, Pedro Regaledo Barroso y Juan de Dios Trigo, son propietarios de Estancias en el Itiyuro.

En algunos, casos como sucederá en 1869, con los indígenas que habitan al sur del río Itiyuro, éstos piden la presencia de los franciscanos, al creer que con la presencia de los religiosos se garantizaría una cierta protección ante los avasallamientos que sufren por los colonizadores.

(…) el mismo año de 1869, el jefe de los chanés de Itiyuru (hoy en el norte argentino) hace un pedido similar y por las mismas razones: “Por los años de 1869 fue visto pisar por primera vez los umbrales de la casa de los padres de Aguairenda; y era para convidarlos a establecerse en medio de sus pueblos, para darles aquella protección que él sentía ya incapaz de prestarles” (Ibidem, p.151)

Los territorios al sur del río Itiyuro, serán entonces ocupados por colonos provenientes de Tarija, que construirán haciendas y estancias dedicándose a la ganadería y agricultura. Los indígenas Chanes, poco pudieron hacer para que se respeten los tratados que le concedían la posesión de sus tierras.

6.    Del Distrito Territorial del Gran Chaco a Tartagal como un cantón y luego vice-cantón de la Provincia del Gran Chaco.

En el Gobierno del presidente Agustín Morales, por Decreto Supremo de 31 de marzo de 1871, crea en la Provincia de Salinas del departamento de Tarija, el Distrito Territorial del Gran Chaco con capital Caiza; estableciendo que un posterior Decreto Especial fijaría sus límites.

Meses después, en un Informe del Presidente Municipal de Tarija M.A. Serrano dirigido al Prefecto sobre límites, aduana, derechos aduaneros y organización de la frontera. Tarija de 28 de febrero de 1872, establece que los limites del departamento al sur son: “por el Sud, los terrenos valdios ocupados por los matacos i otras tribus salvajes. Este vasto territorio es una zona comprendida entre el río Paraguai i el Bermejo; por cuyo intermedio cruza el río Pilcomayo, el cual divide á dicho territorio en dos partes de las que una está situada hacia el oriente del Pilcomayo; i la otra acia el occidente del mismo río” (Langer/Bass Werner, 1988, p.58) y además informa que su población más al sur en 1872; es Tartagal.

“Nuestras pequeñas poblaciones apenas se estienden por el Sud-este, hasta Fonono, desde donde solo distan doce leguas a Sopota; i por el norte hasta Parapeti teniendo en consideración los pocos puestos que se han establecido, los pocos lugares que se conocen hasta ahora, podría ordenarse que la Capital de la Provincia de Salinas sea Carapari, por ser puesto céntrico donde podría establecerse en nuestra frontera por ahora; por no ser conocido la mayor parte de ella, tres distritos independientes que son, 1º Distrito de Caiza, Capital de Villa Rodrigo, comprendiéndose en él Ahuarenda, Palmar, Yacuiba, Itiyuro; el Tartagal hasta la línea del río Bermejo; pudiendo establecer una aduana en el Tartagal respecto de los productos que se internan de la República Argentina” (Ibidem, pp.58-59)

Ese mismo año, en un informe de 10 de marzo de 1872, Epifanio Apodaca en su condición de Subprefecto de la provincia Salinas dio cuentas al Prefecto de Tarija sobre el estado de las misiones, vías de comunicación, fortines y escuelas en dicha provincia; indicando que la vía (camino) que va por Tartagal, tiene poco tráfico.

“las vías de comunicación que existen con el Oran son tres, una río abajo de Itaú a salir a San Antonio, otra de Carapari por la quebrada de Acambuco a salir al río Bermejo, otra de Caiza por Itiyuro y el Tartagal a salir al río seco: la distancia de la primera partiendo de Itaú al Oran se calcula 45 leguas es decir al Bermejo 50 leguas y la tercera de Caiza al mismo río Bermejo 50 leguas, otras bías son despobladas, el terreno es plano solo sí serrado de bosque por el poco tráfico tiene si no un solo fortin que es, el de Villa Esperanza, su estado ruinoso por falta de impulso para su población, para conservar este edificio se mantiene un piquete de 8 hombres a costa de los vecinos del puebo de Caiza” (Ibidem, p.63)     

Además, en éste informe, lamenta que la colonización de la zona comprendida entre los ríos Itiyuro y Tartagal, intensificada durante los últimos diez años (1862-1872), no fue suficiente. “por que 10 años á que se les dio las adjudicaciones no han vastado para llenar las condiciones bajo las cuales recibieron las concesiones ni contribuido en nada” (Ibidem, p.64), solamente la zona de Caiza se pobló bastante aquellos años, al otro lado del río Pilcomayo todavía es territorio habitado por tribus de salvajes; que realizan incursiones atacando las estancias y misiones, sobre todo los tobas.

Por Ley de 14 de noviembre de 1873 (Sanjinés, 1873), el Distrito Territorial del Gran Chaco, había sido disuelto, reintegrando éste territorio; a la provincia Salinas con capital Caraparí. El gobierno del presidente Hilarión Daza, decide promulgar el Decreto Supremo de 12 de agosto de 1876 (Sanjinés, 1876), que divide las provincias de Tarija, desmembrando la provincia Salinas, decretando elevar al rango de provincia el Gran Chaco, con los cantones Caiza—Capital, Carapari, Itau, Yacuiba, Tartagal y las misiones de nueva fundación a la margen occidental del Pilcomayo. Pedro Antonio Reyes, es designado como primer Subprefecto del Gran Chaco.

Para 1876, Tartagal con éste Decreto Supremo de 12 de agosto, es jerarquizado al rango de Cantón, a partir de aquel año, existirá un Corregidor en éste pueblo. Sin embargo, en 1880, será designado como un vicecantón.

Unos años después, en 1878, surgen los primeros conflictos por adjudicación irregulares de terrenos a los estancieros de la zona de Tonono (en proximidades de Tartagal), declarada ilegal por la Resolución de 10 de septiembre de 1878, en el Gobierno del General Daza. Declarando así, como “ilegal” está “adjudicación a don Nicanor Echazu” (Bolivia, 1878), recordándole los requisitos existentes para adjudicarse terrenos baldíos: 1. Subasta pública, 2. Previa mensura (medición del terreno) y poner mojones en sus límites coordinando con los colindantes, 3. El topógrafo debe ser designado por el Estado, y deberá realizar la respectiva elaboración del plano. Sin embargo, en la Resolución de 10 de septiembre de 1878, se le da un plazo de tres meses para que Nicanor Echazu realice su apersonamiento a la Prefectura de Tarija; con el fin de subsanar y sanear su trámite para obtener legalmente los terrenos que poseía en el Itiyuro.

La Ley de 19 de octubre de 1880, durante la presidencia del General Narciso Campero, se aprobó que la Provincia del Gran Chaco, quede constituida con los cantones y vice cantones, existentes en la jurisdicción territorial del Gran Chaco de la siguiente manera: Provincia del Gran Chaco, con la villa de Caraparí, los cantones Yacuiba capital, Caiza, Itaú, Aguarenda y los vice-cantones de: Itiruyo, Tartagal y Zapatera.

“El juez de partido de la provincia del Gran Chaco, estenderá su jurisdiccion a la provincia de Salínas, debiendo residir en la capital de esta última. Artículo 4°.- El sub-prefecto de la provincia del Gran Chaco, ejercerá las funciones de comandante militar, teniendo a sus órdenes la guardia nacional de sus cantones para la defensa de la propiedad contra el asalto de los salvajes. Artículo 5°.- Las provincias de Salínas y el Chaco, serán representadas por un diputado.” (Bolivia, 1880)

Los vicecantones, era una subdivisión administrativa de menor jerarquía dependientes de un cantón. A partir de 1880, los vicecantones Itiyuro y Tartagal, pasaban a depender del cantón Yacuiba, que también era la capital de la provincia Gran Chaco.

7.    El vice-cantón de Tartagal de 1880 a la Aduanilla de Tartagal en 1903.

Andrés Rivas, Jefe Superior de la Expedición al Gran Chaco de 1882 remite desde Caiza en noviembre 28 un informe al Prefecto y Comandante General del Departamento, indicando que se desplazaron militares a Tonono (proximidades de Tartagal) para buscar alianzas con los indígenas.

“Tambien se mando por el Sud hacia Tonono una partida de linea con dos oficia- les al mando del Comandante de Colonias y cuyo resultado fué la alianza insinuada por los índios Chorotis contra los Tobas” (Tarija, 1883, p.19)

El año de 1883, en proximidades de Tartagal, el cacique Sirome, que ya había colaborado en el pasado con el Comandante Martín Barroso, que se desempeñaba como comandante de la frontera. Es reconocido por las autoridades bolivianas, como un aliado en contra de los tobas.

“se nos presentó el cacique Sirome acompañado de algunos de los suyos, ofreciendósenos con sinceras manifestaciones de cordial amistad. Reconoció al Comandante Martin Barroso que en otra ocasion había penetrado en estas regiones en compañía del padre Guiannelli. Supimos con placer que el noble cacique hacía el mejor uso de su autoridad y de la posicion de sus dominios, que tienen comunicacion directa con Tonono, Itiyuro y Yacuiba, pueblo comercial de la frontera de Tarija, enviando á dichos puntos á sus subalternos á dar cuenta de los robos y asaltos proyectados por los Tobas. La tribu de Sirome puede, pues, reputarse como un pueblo aliado, destinado á desempeñar un papel importante en el paso de la civilizacion á esas regiones dominadas hoy por la barbárie” (Paz, 1886, pp.30-31)

De acuerdo con Daniel Campos, existía un Corregidor en Itiyuro (Campos, 1888, p.52) a quien solicita colaboración para su expedición al Chaco, contribuyendo éste con incluso algunos jinetes.

En 1887, los Chanes inician un alzamiento en el Itiyuru atacando Tartagal y las estancias de la zona, y los Tobas otro en el Pilcomayo; las rebeliones amenazan destruir Caiza y Yacuiba. Da cuenta de la preocupación por ésta rebelión el francés Thouar, que indica lo siguiente: “La noticia de la revuelta de los indios de Ytiyuru nos fue anunciada y confirmó nuestras sospechas sobre los tobas, que se disponían a oponernos con fuerzas serias en la parte central del Pilcomayo. (Thouar, 1891, p.352) Está no es la única preocupación, en aquella zona fronteriza con Argentina, ese año de 1887, también se cierra todo intercambio vecinal con el norte argentino, por la enfermedad del cólera.

“A partir del 25 de enero de 1887, producto de que “la epidemia del cólera morbus se ha desarrollado en la vecina República Argentina causando notable mortandad en sus poblaciones del Norte (…) queda prohibida toda comunicación con la República Argentina salvándose únicamente la telegráfica” (Bolivia, 1887)

Por otro lado, la República Argentina, el año 1887 aprueba con la Ley Nº 2007 en favor de F. Younger y Cía. El derecho a construir un ferrocarril a vapor, que “partiendo de la orilla derecha del río de Paraná” (Argentina, 1887), desde Colonia Resistencia ó desde punto más adecuado a la ciudad de Corrientes atreviese la zona del Chaco pase por la ciudad de Orán y llegue a Tartagal en la provincia de Salta. La línea ferroviaria proyectada debería construirse en máximo un período de dieciocho (18) años, sí bien ésta ley fue aprobada en favor de F. Younger y Cía. la línea ferroviaria no es construida.   

El 29 de noviembre de 1893, Benjamín Figueroa, encargado de la Legación diplomática de Argentina en Bolivia, exige al gobierno boliviano una explicación por los "bárbaros crímenes" cometidos por el Corregidor de Yacuiba, Rafael Seco en contra de súbitos argentinos. Se pide al Cónsul de la República Argentina en Tarija, Jesús Reyes, enviar a La Paz, el sumario existente, del castigo recibido por Martín Heredia (Argentino) por parte del Corregidor de Yacuiba.

(…) inmediato envió del sumario que según la denuncia, existe en su poder, al propio tiempo que le recomiendo me informe sobre la alarma de las poblaciones de Yacuiba é Itiyuru con motivo de esos crimines, como sobre la seguridad y garantías de sus moradores entre los que se encuentran no pocos argentinos. (Argentina, 1894, p.5)

El Corregidor de Yacuiba, Rafael Seco, en 1893 ordenó el asesinato de un ciudadano argentino Martín Heredia y la flagelación de Serapio Tolaba, ambos hechos ocurrieron en Yacuiba. El gobierno de Bolivia, se comprometió a sancionar al Corregidor por sus crímenes, instruyendo al Prefecto de Tarija; sancionar a corregidor yacuibeño.

"Pedida la captura y enjuiciamiento del principal culpable y sus cómplices, el Ministerio me avisó que se impartirían órdenes eficaces cometidas al Prefecto de Tarija para la organización del correspondiente sumario, a fin de que se les inflija castigo que determinan las leyes del país. No habiendo tiempo para conocer el resultado, nada puedo informar sobre este grave asunto. (Ibidem, p.26)

Pero, ésta reclamación, realizada por autoridades de la República Argentina, sí bien exige sanciones, por otro lado reconoce que las autoridades bolivianas con jurisdicción al norte de Tartagal en el Itiyuro y “sus excesos” deben ser sancionados por el soberano Gobierno de la República de Bolivia.

Los bolivianos afincados en el pueblo de Tartagal, para finales del siglo XIX, también se dedicaban a la producción de tabaco, aunque se quejaban a las autoridades de no poder pagar los impuestos de sus cosechas. En un Oficio dirigido al Prefecto de Tarija Guillermo Cainzo sobre cultivo, elaboración y comercio del Tabaco, de fecha junio 9 de 1899, indicaba que tanto en “Tartagal, Yacuiba, y en otros puntos del Pilcomayo austral es cultivado también, pero en pequeñísima escala, y mas para su gasto particular, que como ramo de comercio é industria, a motivo de la indolencia innata de sus colonos, dificultad de transporte, y sobre todo por no pagar el impuesto; pues dicen que lo mas de los años que no les repone los gastos, ni para pagar el impuesto por las muchas plagas de aquellos lugares” ((Langer/Bass Werner, 1988, pp.70-71)

En 1902, se produce un incidente por la cuestión de la Hacienda Tonono, del boliviano Silverio Romero, la República Argentina exige a la República de Bolivia, que la Hacienda no sea registrada por las autoridades bolivianas, Alejandro Guesalaga Ministro Plenipotenciario de la República Argentina en Bolivia realiza la reclamación, recordando a las autoridades bolivianas que en 1897 el fortín Tonono había sido desalojado por los bolivianos.

“en el mes de mayo del año 1897, el Gobierno de Bolivia resolvió establecer un fortín en el punto mencionado denominado “Tonono” ó “Itiyuru” (…) En mensaje leído por el Excmo. Señor Presidente Constitucional de Bolivia en el acto de apertura de las H. Cámaras legislativas, el día 6 de agosto del mismo año 1897, declara dicho magistrado, que, el fortín en Itiyuro (ó Tonono), quedó sin efecto en virtud del reclamo interpuesto por el Ministro Argentino” (Bolivia, 1903, p.60)

En 1902, las autoridades bolivianas también aplazan la consideración (Torrico, 1908, p.369) de la solicitud de Avelina L. de Trigo y Virginia R. de Estenssoro, por estar situados los terrenos Tonono en la banda norte del río Itiyuro, zona sobre cuya posesión no están precisados los derechos de Bolivia ó de la Argentina. Por Resolución de 8 de noviembre de 1902, el Gobierno de la República de Bolivia, rechazó a dos mujeres de nacionalidad boliviana, la entrega de terrenos en Tonono (cerca de Tartagal) por el problema de los límites, indicando: “Se aplaza la consideración de la solicitud de Avelina L. de Trigo y Virginia R. de Estenssoro, por estar situados los terrenos Tonono en la banda norte del río Itiyuro, zona sobre cuya posesión no están precisados los derechos de Bolivia ó de la Argentina” (Bolivia, 1908, p.369) Virginia Raña de Estenssoro, es la hija de uno de los vencederos de Iruya, el General Timoteo Raña; éste militar "fue uno de los jefes que demostró más esfuerzos y tenacidad para salvar el honor nacional cuidando las fronteras en el sud de la Patria" (Díaz, 1929, p.185)

En noviembre de 1903, todavía existían autoridades bolivianas en los pueblos de Tartagal y Tonono, incluso una aduanilla boliviana en Tartagal. Situación, que provocó un airado reclamo diplomático por parte de la Legación Diplomática Argentina en La Paz.

"Conviene además que cese la intervención hecha por las aduanas de Tartagal y Yacuiva en las operaciones comerciales que se practican del punto llamado Colonia Buena Ventura, como ser arreos, etc., que parten de ese punto para Bolivia, y al pasar por dichos lugares para llegar á Orán, los interesados se ven en la necesidad de abonar derechos que corresponden también á la República Argentina." (Argentina, 1904, p.181)

Un año después, en 1904 la Legación de la República Argentina en La Paz, repite la reclamación exigiendo enfáticamente inmediato retiro de las autoridades bolivianas de los pueblos de Itiyuru, Tartagal y Tonono que reclaman como parte de Argentina en virtud a tratados firmados por ambos países.:

“el retiro de toda autoridad boliviana de Ituyuru, Tartagal, Tonono y Buena Ventura, por pertenecer estos territorios á la jurisdicción de la República Argentina, según la línea de fronteras demarcada entre ambas Naciones.” (Ídem)

Éstas decisiones de cambio de jurisdicción resultantes de tratados internacionales suscritos entre ambos países, también afectan a los indígenas, el Ministerio de Colonias y Agricultura, mediante Resolución de 15 de mayo de 1906, con relación a las aspiraciones del Capitán Guarumbaque de los chaneses del Itiyuru que intentaba hacer valer sus títulos de propiedad sobre su tierra que fue avasallada por los hacendados de la región, recomienda lo siguiente: “no ha lugar á deferirse á la petición del ocurrente Guarumbaque, quien, si es necesario, puede hacer valer ante las autoridades argentinas, lo dispuesto por las leyes bolivianas, antes de que los terrenos de Itiyuru, hayan pasado al dominio de esa República” (Bolivia, 1906, p.59) Guarumbaque, de la tribu de los chaneses, pide al Gobierno Boliviano, realice una declaración que favorezca su derecho a posesión sobre terrenos en el Itiyuru, éste pedido, es rechazado por Resolución de 15 de mayo de 1906 que determinó “no ha lugar á hacer ninguna clase de declaraciones sobre el alcance y aplicación de las leyes, pedida por el Capitán Guarumbaque” (Bolivia, 1908, p.136) por las autoridades de la República de Bolivia.

Al final, el Ministerio de Colonias y Agricultura - La Paz, por Resolución de15 de mayo de 1906, con relación a éste caso, resuelve (Bolivia, 1906), Vistos: el anterior memorial del Capitán Guarumbaque, de la tribu de los chaneses, el dictamen del Fiscal de Gobierno y el informe del Oficial Cartógrafo del Ministerio, considerando: que las declaraciones que solicita del Supremo Gobierno para amparar sus derechos.

Los hacendados tarijeños, con Estancias en el pueblo de Tonono, también serán afectados por los tratados de límites. El Ministerio de Guerra y Colonización, mediante Resolución Suprema de 15 de marzo de 1912 resuelve con relación a reclamaciones de tierras baldías por sudbitos bolivianos en la zona de Tonono, que "carece de potestad para disponer la consolidación de propiedad privada sujeta a jurisdicción extranjera (…) piedad particular sujeta a jurisdicción extranjera. Por tanto, se resuelve: revócase el auto de 20 de septiembre de 1906, corriente a fojas 6 y se declara no haber lugar a la inscripción que se in- teresa, debiendo el interesado ocurrir ante las autoridades competentes de la República Argentina. Vistos los obrados exhibidos por Moisés Carrillo, a nombre y en representación de Lorenzo Abra, para la inscripción en el Registro Nacional de Concesiones, de los títulos de la estancia denominada "Tonono" (Bolvia, 1913, pp.178-179)  

8.    Un diplomático boliviano plantea en 1913 recuperar Tartagal.

El diplomático boliviano Severo Fernández Alonso Caballero, en su condición de Ministro Plenipotenciario de Bolivia en Buenos Aires (Argentina) presenta el 2 de mayo de 1913, un Memorándum al Gobierno de la República Argentina, exige se corrija un error en la delimitación de la frontera entre ambos países. Con la reclamación, se reivindica la jurisdicción de la República de Bolivia, sobre los territorios de los asentamientos de Yacuiba y Tartagal. “…haciendo hincapié especialmente en los hechos y razones que entraría el documento que con el título de ampliaciones…” (Argentina, 1922, p.5) posteriormente presentará otro Memorándum similar el 8 de septiembre.

El 24 de julio de 1913, la cámara de Senadores de la República Argentina, por solicitud del Senador Brígido Terán, aprueba la reconstrucción del camino que une los pueblos de Embarcación y Yacuiba. "...La reconstrucción del camino de Embarcación á Yacuiba es urgente é indispensable; numerosos vecinos de Embarcación lo solicitan. Este camino pone en comunicación á los pueblos de Embarcación, Tartagal, Piquirenda, Aguaray, Capiatuti, Itigura, Campo de Durán, Playa Ancha, Pocitos y Yacuiba, y con el oriente de Bolivia, siendo un auxiliar de importancia para el ferrocarril de Ledesma á Embarcación por las cargas que se transportan por este camino." (Argentina, 1913, p.619), dijo el senador Terán en su intervención.

El año de 1905, éste camino ya había sido reconstruido. "Por este camino transitan más de doscientos carros y 4.000 cargueros, como también numerosas tropas de mulas y caballos que se exportan á Bolivia, y que se calcula que o bajarán de seis mil cabezas" (Ídem), continuaba en su intervención el Senador Terán. Luego de la intervención del Senador, es puesto a consideración, en la sesión de 24 de julio de 1913, el proyecto de Ley para autorizar la reconstrucción del camino Embarcación - Yacuiba propuesto por el senador Brígido Terán (Senador por la provincia de Tucumán), éste proyecto fue aprobado.

9.    Tartagal antes de 1923 ya existía como “pueblo”.

Entre 1911 y 1913, vivió en Yacuiba el reconocido filósofo, antropólogo e investigador finlandés, Rafael Karsten autor entre otras investigaciones del libro publicado en 1923: “Los indios tobas del Gran Chaco boliviano”.  Al llegar al norte de Argentina, recibirá el apoyo para continuar su investigación, de los propietarios de la Casa Leach Hermanos. Karsten, después de pasar unos días en el pueblo de Tartagal que según su testimonio se reducía a un par de casas, llegó a Yacuiba en los primeros días de abril de 1911, tras permanecer por cuatro semanas instalando su base de investigación en éste pueblo, sale de Yacuiba el 1 de mayo de 1911 rumbo al Pilcomayo. En Yacuiba, recibirá el permanente apoyo de Carlos Holzer (1932, p.12) “…las esposas de los hermanos Leach le ayudan a conseguir le ayudan a adquirir en Esperanza las mulas necesarias y le asignan dos peones que lo acompañarían en la primera parte del viaje Su primer objetivo era la gran aldea de Yacuiba, entonces perteneciente a Bolivia...” (Karsten, 1993, p.10)

Por Ley de 27 de abril de 1929, es aprobado el tratado de transacción de límites, suscrito en La Paz, el 9 de julio de 1925, por los representantes de Bolivia y la Argentina, complementario del tratado de límites de 10 de mayo de 1889, modificado en 1891.

Un Semanario que se publicaba en Buenos Aires, en octubre de 1923, denominado el “El Hogar” indicaba que con el descubrimiento del petróleo los vecinos del pueblo de Tartagal (El Hogar, 1923, p.1) se beneficiarán con muchas mejoras en su vecindario.

Conclusión.

Con la firma del tratado de transacción de límites, suscrito en La Paz, el 9 de julio de 1925, por los representantes de Bolivia y la Argentina, complementario del tratado de límites de 10 de mayo de 1889, modificado en 1891. Con éste tratado, también conocido como Tratado Carrillo-Díez de Medina, quedó definitivamente aceptada la soberanía de Bolivia sobre Yacuiba, a la vez que la región de Toldos pasaba a jurisdicción argentina (Teruel, 2020) junto con Tonono, Itiyuru y Tartagal.

En el Mapa de Ondarza de 1859, ya existía un pueblo llamado Tartagal fundado por bolivianos en la década del 40 del siglo XIX, los primeros pobladores procedían de Tarija.

Tartagal, no solamente fue fundada por bolivianos (tarijeños), sino que también fue Administrativamente, un Cantón en 1876 de la Provincia Gran Chaco y posterior a 1880 un Vicecantón en la misma provincia dependiente del Cantón Yacuiba.   

De acuerdo con el Diario del Prefecto Rodríguez Magariños, se podría concluir que la fundación del fuerte de Tartagal, es un acto realizado por militares bolivianos, entre los meses de junio y el mes de agosto de 1843, posteriormente aquel fuerte, fue creciendo hasta constituir un pueblo, con una Aduanilla.

(*) El autor Jose Claros López, es Director del Ateneo de Historia del Chaco

ID ORCID: 0000-0002-4322-2223

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[1]  Ley de 10 de noviembre de 1832, Art. 1º Se erijen en provincia los cantones de Salinas, San Diego, San Luis, Chiqueaca, Sapatara y Carapari de la frontera de Tarija. (…) Art. 3º Al gobierno político de esta provincia estará anexa la comandancia militar de la frontera. Disponible en https://www.lexivox.org/norms/BO-L-18321110.xhtml

[2] Oficio Original del prefecto de Tarija, Manuel Rodriguez Magariños al Ministro de Guerra detallando los fortines que establecera en el Chaco. Tarija a 23 01 1843

 

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